Normativa para la instalación de paneles solares en comunidades de vecinos

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Normativa para la instalación de paneles solares en comunidades de vecinos

Hasta hoy solo se conocía una posibilidad de autoconsumo eléctrico: el consumo individual enlazado a una red interior, ya que la opción de compartir esta energía producida por una única instalación de paneles solares entre varios individuos era ilegal en nuestro país.

Sin embargo, esta situación comenzó a cambiar con el Real Decreto 900/2018 y un poco más tarde, con otro Real Decreto 244/2019. En ese momento se empezaron a modificar las condiciones que debían cumplirse, suponiendo el inicio de un nuevo espacio de desarrollo para las energías renovables.

Por lo tanto, es una medida que, por una parte, propicia que se le dé poder sobre la energía a los consumidores y por otra, ayuda en la creación de puestos de empleo sostenibles.

Ahora vamos a hablar sobre todo lo que hay que saber de la normativa para instalación de paneles solares en las comunidades de vecinos, los permisos necesarios, requisitos a tener en cuenta o los beneficios que posee la instalación fotovoltaica colectiva.

La Ley de Propiedad Horizontal de placas solares: ¿Qué dice la normativa de instalación de paneles solares?

Cuando queremos hablar del autoconsumo eléctrico, se piensa en una vivienda unifamiliar, a las afueras de la ciudad de turno con placas solares en los tejados. Pero lo cierto es que se trata de algo poco habitual, ya que España es un país en donde el 65% de la población vive en comunidades de vecinos.

instalación de paneles solares

Aunque nuestro país sea una de las naciones de Europa con más horas de sol al año, solamente hay un millar de autoconsumidores, debido en gran medida a los altos costes de gestión, mantenimiento y las trabas legales que existen.

Antes de esta reforma legal, solo los consumidores individuales podían producir energía eléctrica, por lo que resultaba casi una utopía, por su elevado coste y gastos de gestión, que los edificios pudieran incorporar este tipo de energía.

Con esta nueva ley, se abre una puerta a la instalación conjunta de paneles solares y a compartir esa energía obtenida. Hay que tener en cuenta que estas modificaciones se harán de manera progresiva, ya que la regulación de la normativa dependerá de cada Comunidad Autónoma.

¿Es posible instalar paneles solares en una comunidad de vecinos?

La instalación de autoconsumo compartido en comunidades de vecinos no es un proceso complejo, aunque legalmente el punto de partida pasa por la necesidad de realizar un acuerdo de reparto de energía entre todos los participantes, para que quede reflejada la parte que le corresponde a cada uno y que no existan problemas en el futuro.

¿Qué hay de tener en cuenta?

Cuando la instalación esté terminada, todas las partes implicadas deben ponerse de acuerdo para realizar cualquier cambio.

Si por alguna razón la instalación se lleva a cabo sin acuerdo, la empresa instaladora será la encargada de realizar el reparto de energía en función de la potencia contratada en cada vivienda, lo cual no sería justo para ninguna de las partes implicadas.

¿Hay que pedir permiso a la comunidad de vecinos?

Para ello, hay que solicitar permiso a la comunidad de vecinos ya que la instalación de paneles solares supone una alteración de un elemento común, tal y como recoge el art. 396 del Código Civil y el artículo 17.1 de la Ley de Propiedad Horizontal que establece que, este tipo de alteraciones requieren de una modificación del título constitutivo.

¿En qué consiste la instalación fotovoltaica colectiva?

Como su propio nombre indica, el autoconsumo compartido significa que varias viviendas se beneficien de una energía generada por una misma instalación.

instalación de paneles solares

Una instalación compartida se puede acoger a diferentes modalidades que recoge la ley. Por ello, todos aquellos que participen de esta instalación, tienen que inscribirse en la misma modalidad.

Estas son las modalidades a las que se pueden acoger en una comunidad de vecinos:

Sin excedentes Instalación independiente de la red general y no vuelca ningún excedente en ella gracias a un mecanismo antivertido.
Con excedentes Se divide en instalaciones acogidas a compensación o a instalaciones que no se acogen a compensar, dependiendo de cómo se gestione la energía.

En otras palabras, para las instalaciones sin excedentes, los propietarios y los consumidores deben ser los mismos, pero en el caso de las instalaciones con excedentes, propietarios o consumidores pueden ser personas físicas o jurídicas diferentes.

También existen tipos de instalaciones fotovoltaicas colectivas que se adaptan en función de las necesidades de la comunidad de vecinos:

Conclusión: ¿Qué beneficios aporta este tipo de instalación?

Contar con este tipo de instalaciones en una comunidad de vecinos después del cambio a una nueva normativa tiene muchos beneficios a corto y medio plazo.

Es una energía que no genera ningún tipo de contaminación acústica, por lo que no resulta perjudicial para las comunidades de vecinos colindantes.

Se trata de una energía respetuosa con el medio ambiente y es una alternativa más que interesante para preservar nuestros entornos y nuestro planeta en general. También es de las más limpias, abundantes e inagotables.

Un dato a tener en cuenta es que, por la instalación de placas solares de 100 kW se evita la emisión de 75.000 kilos de CO2 a la atmosfera, lo cual es un indicativo de cómo se puede preservar nuestra capa de ozono.

En definitiva, contar con una instalación colectiva no solo potenciará un mejor consumo y más sostenible dentro de las comunidades de vecinos, sino que también se estará fomentando el cuidado del medio ambiente.

Y hasta aquí la entrada de hoy, recuerda que para cualquier duda relacionada con las energías renovables puedes ponerte en contacto con nosotros a través del formulario o desde los comentarios. Nuestros expertos te contestarán lo antes posible.

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5 Comentarios
  • integrador sistemas
    Publicado a las 08:31h, 08 enero

    Genial post. Gracias por publicarlo…Espero màs…

    Saludos

  • David Grupo Noria
    Publicado a las 10:18h, 22 agosto

    Hola Alejandro, en un espació con ventilación. Preferiblemente cuadro de contadores.

    Muchas gracias por contactar

  • Alejandro
    Publicado a las 18:17h, 21 julio

    Donde se puede colocar el inversor en una comunidad de propietarios., Cuarto de ascensores, RITS, Cuarto de contadores, etc?

  • David Grupo Noria
    Publicado a las 11:30h, 16 mayo

    Hola M.Carme, puedes resolver tu consulta en el siguiente enlace: https://www.idae.es/tecnologias/energias-renovables/oficina-de-autoconsumo

    Muchas gracias por contactar

  • M. Carme Cortell
    Publicado a las 10:33h, 03 mayo

    Buenas, estamos moviéndonos para instalar placas solares en la Comunidad. De 10 vecinos, solo 6 nos interesa ponerlos a nivel privativo, a nivel comunitario no hay problema.
    Nos dice la empresa que los va a colocar que estamos obligados a dejar el espacio necesario aunque los vecinos no esten interesados. También que en caso de que quieran hacerlo a posteriori, tendrán que hacer nueva instalación como se tratara de otra comunidad.
    Dondé podemos acceder a toda la normativa referente a placas solares para Comunidades?
    A quién se ha de recurrir para que hagan un estudio para saber si aplicando alguna plataforma en el terrado a la larga podemos añadir más placas?
    Esperando su respuesta.
    Atentamente,

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