El autoconsumo de energía y sus tipologías

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Hace apenas unos años, se puso de moda el término autoconsumo. El autoconsumo se presenta como una alternativa hacia un consumo mucho más sostenible y eficiente, en la que una misma persona produce aquello que va a consumir.

Por ejemplo, aquella persona que dispone de un huerto y cosecha su propio alimento. En términos de energía eléctrica, el autoconsumo de esta consiste en el consumo de una persona, de energía eléctrica producida en instalaciones próximas o asociadas a este individuo.

Factores del autoconsumo

autoconsumo

Para hablar de autoconsumo, lo primero que hay que tener en cuenta los factores o variables que están presentes.

Consumidor Asociado: es el consumidor de energía eléctrica en un punto de suministro que tiene asociadas instalaciones próximas de red interior o instalaciones próximas a través de red. Puede estar asociado a un autoconsumo individual, o bien a un autoconsumo colectivo.

Titular de la instalación de generación en autoconsumo: será aquél que se inscriba como titular de una instalación de generación en los registros de autoconsumo. En las instalaciones SIN excedentes, el titular será el consumidor. En el caso de autoconsumos colectivos, la titularidad será repartida entre todos los consumidores asociados. En las instalaciones CON excedentes, el titular será el sujeto productor.

Productor asociado: en las instalaciones SIN excedentes esta figura no existe. En las instalaciones CON excedentes podrá ser uno de los consumidores asociados u otra persona física o jurídica, y ejercerá como titular de la instalación. En las instalaciones CON excedentes NO acogidas a compensación, será quien aparezca inscrito como productor en el Registro Administrativo de Instalaciones de Energía Eléctrica (RAIPRE) y por tanto realice la venta de la energía excedentaria

Propietario de la instalación de generación en autoconsumo: en cualquier modalidad de autoconsumo podrá ser una persona física o jurídica diferente del consumidor y del productor. Así, es posible que el propietario sea una empresa de servicios energéticos, una comunidad de propietarios, etcétera.

Tipos de autoconsumo

  • Instalaciones de Autoconsumo SIN excedente: se trata de instalaciones en autoconsumo que, aunque están conectadas en la red interior del consumidor que enlaza con la red de distribución o transporte, no ceden en ningún momento energía a la red. Deben estar provistas de un sistema anti-vertido de acuerdo con la ITC-BT-40.

En un autoconsumo colectivo SIN excedentes (solo conectado a red interior), la titularidad de la instalación de generación y del mecanismo anti-vertido será compartida por todos los consumidores asociados, que responderán solidariamente de cualquier fallo provocado en la red.

  • Instalaciones CON excedentes acogida a compensación: para cualquier tipo de instalación de autoconsumo CON excedentes individual o colectivas conectadas a red interior es posible que, voluntariamente, el consumidor o consumidores se acojan al mecanismo de compensación de excedentes. En este mecanismo de compensación, la energía procedente de la instalación de autoconsumo que no sea consumida instantáneamente o almacenada por los consumidores asociados se inyecta a la red; cuando los consumidores precisen más energía de la que les proporciona la instalación de autoconsumo, comprarán la energía a la red al precio estipulado en su contrato de suministro.

Al final del periodo de facturación (que no podrá ser superior a un mes) se realiza la compensación entre el coste de la energía comprada de la red y el valor de la energía excedentaria inyectada a la red.

Todos los excedentes horarios de cada consumidor serán asignados a su empresa comercializadora por el Operador del Sistema (OS), a partir de la información que el encargado de la lectura comunique al OS. La comercializadora obtendrá el precio medio horario del mercado eléctrico para todos los excedentes que se le asignen, y compensará al consumidor según se establece en el RD 244/2019.

  • Instalaciones CON excedentes no acogidas a compensación: en los casos en que el consumidor no desee adherirse al mecanismo de compensación de excedentes, o no se cumpla alguna de las condiciones necesarias para acogerse a él, la instalación volcará a la red los excedentes de energía no auto consumida instantáneamente ni almacenada. Esta energía excedentaria será vendida en el mercado eléctrico y recibirá el mismo tratamiento que el resto de energía producida por fuentes renovables, cogeneración y residuos, siendo aplicables el Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica (IVPEE) del 7% y el peaje de generación de 0,5 €/MWh.

En conclusión, el autoconsumo de energía es una buena alternativa que deberíamos plantearnos, ya que nos beneficia principalmente en dos aspectos. El autoconsumo de energía contribuye con la mejora del medio ambiente y, por otro lado, es una alternativa más económica a largo plazo para los consumidores, si tenemos en cuenta la subida del precio de la luz actualmente.

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